A diferencia de la Notaria, es una institución de carácter público, a través del cual el Estado garantiza la inscripción de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas, y constituye un medio para la formación de las estadísticas demográficas, de salud y atlas de interés social. El nacimiento, el matrimonio y la defunción, así como la adquisición, pérdida o recuperación de la ciudadanía cubana y todo hecho o acto que constituya o afecte el estado civil de las personas se tiene que inscribir en el Registro del Estado Civil dentro de los términos que establece Ley y su Reglamento.
Registro del Estado Civil
- Equipo de Producción Provincial (Desoft)